Posts etiquetados ‘Ley de la Música’

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Jornada de Reflexión en el Día de la Música - Convocatoria UMI

Agosto 14, 08

Comunicado de prensa de la Unión de Músicos Independientes (UMI)

El 22 de noviembre realicemos un silencio a tanto volumen  que duela….

PRIMERA JORNADA DE REFLEXIÓN SOBRE NUESTRA MÚSICA

En el día de la música solicitamos a todos los músicos del país -sean de gran convocatoria, mediana o baja, en relación de dependencia o independientes- que ese día (sábado 22 de noviembre) NO interpretemos música en vivo; y que nos acerquemos a las radios, canales de TV, plazas, centros culturales, etcétera (que nos hagamos visibles) para comentar cuáles son las dificultades que tenemos en esta área tan importante de nuestra cultura.
Lamentablemente, hay veces que para valorar algo se tiene que ausentar…
No podemos dejar que en el tiempo que nos tocó vivir se deteriore el valor que tiene la música en nuestra sociedad.

A continuación, realizamos un aporte para el debate:
¿Qué es la música para la sociedad? ¿Un arte? ¿Un entretenimiento? ¿Es sólo diversión? ¿Es parte de nuestra cultura? ¿Es sólo un negocio? ¿Es otro lenguaje de comunicación? ¿Qué significa? ¿Qué importancia le damos?

-Por una política clara de habilitaciones de los lugares donde se desarrolla música en vivo.
-Porque se termine eso de que hay que pagar para tocar!
-Porque cada municipio no legisle más como si lo peligroso fuera la música en vivo.
-Lo peligroso son las malas condiciones, ¡NUNCA LA MÚSICA!
-Por la democratización de los medios de comunicación.

POR LA LEY DE LA MÚSICA
POR NUESTROS SUEÑOS MÁS PROFUNDOS

¡EL 22 DE NOVIEMBRE QUE SE ESCUCHE UN SILENCIO TAN FUERTE QUE NOS AYUDE A REFLEXIONAR!

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Dictamen del INADI en favor de los músicos independientes

Marzo 28, 08
Dictamen del INADI

El Instituto Nacional contra la Discriminación y la Xenofobia (INADI) emitió un dictamen que señala que los músicos que tocan en vivo son discriminados en la Ciudad de Buenos Aires. El organismo nacional tomo posición después de analizar una denuncia presentada por la Unión de Músicos Independientes (UMI), en abril de 2007.
La UMI había decidido presentarse ante el INADI después de que los músicos que la integran comenzaran a tener problemas para encontrar lugares donde tocar en la Ciudad. “Después de Cromañón, donde murieron 194 personas, se intensificaron los controles en los lugares para tocar. Lo que al principio parecieron medidas precautorios para poner en orden todo aquello que no estaba, bajo el gobierno de Jorge Telerman terminó por convertirse en una sobreactuación de los funcionarios que terminaron agarrándosela con los músicos”, explica Diego Boris, presidente de UMI y agrega: “El enseñamiento tuvo lugar por una cuestión política: había un Jefe de Gobierno destituido y el sucesor quiso hacer creerle a la sociedad que hacía las cosas bien. Nosotros no cuestionamos las políticas culturales de los gobiernos de turno, que se supone los votaron para que las lleven a cabo. Pero sí nos metemos cuando los gobiernos anulan las herramientas que tiene la sociedad para hacer cultura popular”.
Los músicos independientes denunciaron que los locales donde tocaban terminaban siendo clausurados porque carecían de máquinas expendedoras de preservativos o por carecer de agua lo suficientemente caliente. “Lo peligroso pasó a ser la actividad en sí y no las condiciones en que se llevaba a cabo”, sentencia Boris.
A partir de esa situación, UMI marcó tres líneas de acción. Por un lado creó la red-UMI, en la que un grupo de músicos se propuso encontrar lugares alternativos para tocar en vivo. Otra iniciativa, en tanto, consistió en presentar una demanda ante el Tribunal Superior de Justicia, organismo que terminó por declarar inconstitucional varias disposiciones que regulaban la actividad. “La normativa es tan compleja –advierte Boris- que por las mismas razones que te habilitaban, un fiscal podía clausurarte. Entre las cosas que te exigían, por ejemplo, era que un local tenga todo un año por adelantado prevista su programación, ¿qué tiene que ver eso con la seguridad?”. Ese fallo, además, obliga a la Ciudad a reformular el Código de Habilitaciones y en ese trabajo UMI se involucró de manera directa.
La tercera vía de acción fue la presentación en el INADI. “Considerábamos que era apropiado, porque si un mimo, un actor o un artista plástico quiere realizar una presentación en un bar o un café no le exigen nada de lo que nos exigen a los músicos. A nosotros nos piden una habilitación especial aunque vaya un tipo a cantar con una guitarra criolla”, se queja Boris.
Boris señala que la sobreactuación ejercida por el gobierno porteño después de Cromañón benefició la concentración del negocio. “Si querían proteger a los pibes, hicieron todo lo contrario. Como terminaron cerrando los pequeños lugares, terminaban tocando en casas tomadas, garages, lugares con peores condiciones de seguridad que las que tenían antes. Se terminaron beneficiando los más poderosos”.
“Se instaló la idea de que la música en sí misma era un elemento peligroso para la sociedad. Se privilegió un celo excesivo para la seguridad sobre el libre ejercicio de la actividad. Debería haber primado un punto de equilibrio. Cromañón nos hizo reconsiderar en el ambiente un montón de conductas que parecían pintorescas, nosotros aprendimos rápidamente la lección. El Ejecutivo, en cambio, no la aprendió. Si vos vas a algunos lugares que aparecen habilitados y ves las condiciones que tienen no sabés –o sí sabés- por qué están funcionando”.

publicada 23/03/2008

Fuente: LaVaca.org
anticopyrightéstas notas pueden ser reproducidas libremente, total o parcialmente (siempre que sea con fines no comerciales), aunque agradeceríamos que citaran la fuente.
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Fallo judicial en favor de la música en vivo

Febrero 19, 08

La Unión de Músicos Independientes (UMI) informó sobre el fallo del Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires ante la presentación de inconstitucionalidad de las reglamentaciones sobre música en vivo, realizada por esta asociación civil el año pasado, tal como informamos en un post anterior.

Dice el fallo textual:

EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA RESUELVE:
Hacer lugar parcialmente a la acción deducida y declarar la inconstitucionalidad del segmento del artículo 15 de la ordenanza nº 24.654 que expresa “hasta un máximo de 5 artistas”; del segmento del art. 1, inciso e, 1, de la resolución Nº 10/05 SSCC, que expresa “naturaleza y descripción del espectáculo; número de personas que ejecutarán el espectáculo; nombre de la banda o persona que ejecuta el espectáculo”; y del segmento del artículo 2, apartado a) del Anexo I de la resolución 878-MGGC/06, que impone como contenido de la solicitud del permiso especial “el cronograma anual que incluirá fechas de realización y horarios de inicio y finalización de la actividad propuesta”.

La UMI, por su parte, emitió el siguiente informe:

 Con fecha 8 de febrero de 2008, el Tribunal Superior  de Justicia emitió la sentencia definitiva en el juicio que había iniciado la umiUNIÓN DE MÚSICOS  INDEPENDIENTES ASOCIACIÓN CIVIL umi(UMI) en el 2007 al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires  El fallo declaró la inconstitucionalidad de 3 normas
 que avasallaban los derechos de los músicos:

1- El segmento del artículo 15 de la Ordenanza Nº  24.654 que expresaba que en un local sólo podía  haber  ”hasta un máximo de 5 artistas”;

2 - El segmento del art. 1, inciso e, 1, de la  resolución Nº 10/05 SSCC, que expresaba que podía  solicitarse a los músicos que iban a tocar “naturaleza y descripción del espectáculo; número de personas que ejecutarán el  espectáculo; nombre de la banda o persona que ejecuta el espectáculo”, no pudiendo contarse con un  reemplazante; y

3 - El segmento del artículo 2, apartado a) del Anexo I  de la Resolución Nº 878-MGGC/06, que imponía a los teatros, clubes barriales, asociaciones de fomento,  etc.  la solicitud de un  permiso especial para hacer música en vivo que incluya   ”un  cronograma anual que detalle  todas las actuaciones a realizarse con descripción de horarios  de inicio y  finalización de la actividad propuesta” .  Es así que se ha logrado vencer el principal obstáculo para que los espacios citados puedan desarrollar la actividad de música en vivo.

 A partir de ahora las normas citadas resultan  inconstitucionales,   careciendo de ejecutoriedad.
 
 Este fallo resulta un hecho histórico porque:

 - Es muy reducido el número de demandas que solicitan la  inconstitucionalidad de normas y que prosperan;

 - Una organización de músicos fue tenida en cuenta como parte
 legítima para representar al sector,  e iniciar una acción de este tipo;

 - Es un paso adelante en los derechos de los músicos  para mejorar las condiciones en las que se desarrolla  la actividad musical; y

 - Resulta un freno al avasallamiento que puede realizar una legislación absurda sobre la cultura y el arte.
 
 Esta sentencia fue dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la  Ciudad Autónoma de Buenos Aires y resulta el último recurso constitucional para obtener una declaración de inconstitucionalidad.
 
 Si bien el planteo de que no se requiera un permiso especial para el desarrollo de la música en vivo no fue admitido, se logró establecer un claro punto de  inflexión en la normativa que regula la música en vivo, abriendo las puertas para otros pedidos de  inconstitucionalidad, que serán presentados en el corriente año.

 El objetivo principal de la acción se cumplió con  creces: Mejorar el bajo punto de equilibrio en el que  cayó la actividad luego de la tragedia de Cromañon.
 
 Información en detalle:
 
 El avasallante cerco que se creó alrededor de la música en vivo junto con las numerosas e  indiscriminadas clausuras de locales donde se desarrollaba la misma  tiene como consecuencias catastróficas: la  postergación de la cultura (escuchar  música resulta ahora un privilegio, pocos lugares,  entradas caras, poca  variedad de artistas) y el perjuicio en nuestra  calidad de músicos  trabajadores que sufrimos en nuestro derecho constitucional de trabajar libremente.
 
 Conforme este panorama, la UMI envió una  carta-documento (CD 806936919) al Sr. Jefe de Gobierno, en aquel momento Jorge  Telerman, intimándolo para que en el plazo de diez días hábiles instrumente y ponga en funcionamiento  las medidas necesarias a fin de garantizar el ejercicio del derecho  constitucional de trabajar. La carta-documento fue recibida en mesa de  entrada de la Jefatura de Gobierno el 4 de Octubre de 2006.
 
 Ante la falta de respuesta, la UMI convocó a 2  reuniones de músicos en la puerta de la Jefatura de Gobierno (Av. de Mayo  555) el 31 de Octubre y el 27 de Noviembre, ambas de  2006.  Pero esto  tampoco generó en el gobierno de  turno ningún cambio ante la legislación vigente y  continuó la persecución que seguían sufriendo los  espacios.
 
 Entonces, en un hecho sin precedentes, la UNION DE  MUSICOS INDEPENDIENTES  ASOCIACION CIVIL (UMI) inició una acción judicial, siendo la primera  asociación de músicos en el país en demandar al Gobierno de la Ciudad  Autónoma de Buenos Aires.
 
 La demanda fue presentada el 15 de febrero de 2007 ante el Tribunal  Superior de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (máxima  autoridad judicial  en el ámbito de la Ciudad) y tenía como objeto declarar la  inconstitucionalidad del artículo 4.7.2.1. del Código  de Edificación, la Resolución Nº 878/06 del Jefe de  Gobierno, la Ordenanza Nº 24.654, el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1/05, y el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 2/05. Se creó así el  Expediente Nº 5167/07 “Unión de  Músicos Independientes Asociación Civil c/ GCBA s/ Acción Declarativa de
 Inconstitucionalidad”.
 
 Resultó un pedido de fondo. Se requería que los músicos no necesitáramos de un permiso, habilitación o  autorización especial o particular que nos habilite a trabajar ejecutando música en vivo. Todo  ello a fin de respetar los principios de igualdad, de razonabilidad que deben imperar en las reglamentaciones de los derechos y garantías de las  personas, así como las cláusulas constitucionales de progreso y desarrollo económico. También los derechos de propiedad intelectual de los autores  e intérpretes toda vez que afecta su derecho moral de  poner en conocimiento del público su obra al limitar discriminatoriamente los espacios de  difusión, y el derecho a trabajar que tenemos los  músicos como ciudadanos, atento que para que podamos trabajar en un espacio se requiere de un  permiso distinto del que permite al lugar funcionar como tal.  
 
Posteriormente, el 18 de abril de 2007, el Tribunal  por 3 votos a favor sobre 5, admitió la demanda, o sea, se consideró que  lo cuestionado era materia de debate. No es menor mencionar que muy pocas  acciones son admitidas, y la iniciada por la UMI pudo reunir los  requisitos exigidos:

 El Tribunal consideró que la UMI estaba legitimada  para interponer la acción de inconstitucionalidad, que el Tribunal era  competente atento que  las normas citadas eran atacadas por razones de índole constitucional local y nacional y de derecho  internacional de los derechos humanos, y que la demanda estaba fundamentada correctamente.
 
 Seguidamente, se corrió traslado de la demanda al  Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quien contestó vencido el  plazo, por lo tanto se desestimó dicha presentación.
 
 El 12 de septiembre de 2007 se realizó la audiencia  pública en la cual tanto la UMI, como el GCBA y el Ministerio Fiscal  expusieron sus fundamentos.  En la misma, el presidente de la UMI,  Diego Boris expresó: “No podemos aceptar que se  instale el concepto que la música en vivo es peligrosa para la sociedad. Luego de la  tragedia de Cromañón, todos comprendimos la locura que  significaba encender una bengala en un lugar cerrado,  lo peligroso de una mala señalización, lo perverso de  una puerta de emergencia cerrada. Pero el Gobierno de  la Ciudad legisló con el criterio de que el peligro es  la actividad y no las condiciones en las que  se desarrolla”. Acto seguido Boris  empuñó una guitarra y tocó una  canción llamada “Cuando el amor no se pone de  acuerdoy luego  manifestó “Si esta actividad la hubiese desarrollado  en el café de la  esquina, ese lugar podría ser multado o clausurado.
 ¿Alguien de esta  sala  se sintió intimidado o inseguro, se alteró el orden o la seguridad?, creo que no”, señaló el músico.

Felicitamos a la UMI por este excepcional logro, y sugerimos entrar en contacto con la Asociación de encontrarse ante una situación que no contemple lo dispuesto en este fallo.

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El canon digital y la ley de la música

Febrero 9, 08

Llegué un poco tarde a la discusión, pero bueno, mejor tarde que nunca. Supongo que tiene que ver con que solemos navegar según los intereses que cada uno tiene y pocas veces nos cruzamos entre las diversas comunidades de la blogósfera.

Así fue que circunstancialmente me topé con una extensa, enraizada, y ramificada discusión sobre la Ley del Canon, el proyecto que propone gravar los soportes digitales para financiar el Instituto de Música propuesto en la Ley ídem, que tiene detenida su aprobación, para bien o para mal.

Dejo un recorrido para interiorizarse de la cuestión:

- Presentación del proyecto, por Claudio Morgado, en La Barbarie, más un extenso debate.

- Canon digital en la Argentina, en el Blog de Pablo Mancini.

A los cuales llegué a través del sitio sobre música independiente Zona Indie, y su post ¿Marcha atrás con el canon digital?

No estoy de acuerdo con el canon digital. Argumentos hay de sobra, el ejemplo más claro fue el expuesto en un comentario comparando la idea con la oblea docente. ¿Quién tiene que bancar la educación? El Estado. ¿Quién tiene que bancar la cultura? El Estado. Un resumen de los argumentos en contra puede leerse aquí.

También, es inútil cualquier esfuerzo dirigido a la circulación del producto musical -en donde el formato CD será pronto parte del pasado- si no se formulan y establecen políticas para la producción musical. Esto lo he desarrollado ampliamente en el artículo Las redes del disco independiente. La Ley de la Música de los Músicos Convocados y la Unión de Músicos Independientes representa un enorme esfuerzo en este sentido.

Es indispensable una Ley de la Música, así como existe la del Libro, el Teatro y el Cine. Me da la sensación de que el tema del canon es una forma de desviar las cuestiones de fondo, para demorar la sanción de la ley y desvirtuarla.

Atenti la vizcacha!

PD: Un nuevo sitio específico se armó en contra del canon. No al canon.org, aunque no esté muy de acuerdo con muchos de sus comentarios. Si nos vamos a pelear entre músicos y bloggers, creyendo que ahí está la lucha, estamos fritos.